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La Defensoría de la Tercera Edad, a la Justicia contra la nueva fórmula
01/02/2018. Para la representación de jubilados y pensionados los cambios aprobados por el Congreso de la Nación son inconstitucionales. (Clarín)
Finalizada la feria judicial, la Defensoría de la Tercera Edad –que encabeza Eugenio Semino-, en representación de jubilados y pensionados, tiene lista la demanda que presentará en las próximas horas en los Tribunales ante “el fuerte agravio a los derechos adquiridos por los beneficiarios del sistema nacional de jubilaciones como así también un menoscabo significativo en los ya precarios -en términos históricos- emolumentos con que los casi siete millones de argentinos tienen que cubrir sus necesidades básicas”.
La demanda va acompañada de cuadros comparativos que muestran claramente la "quita" que sufrirán los jubilados y pensionados a partir de marzo por el cambio de la fórmula de movilidad o “factor empalme”. También hace referencia al bono que se pagará en marzo a un segmento de beneficiarios, como "compensación", (lo que “a confesión de parte relevo de prueba”) y la admisión de los propios funcionarios del "ahorro" que representa el cambio de la fórmula de movilidad.
La demanda también cuestiona que se aprobara el 82% móvil en relación al salario mínimo, vital y móvil solo para aquellos que han aportado al sistema durante 30 años por establecer “una flagrante violación a los principios de legalidad, equidad e igualdad”.
El escrito señala que los más de dos millones y medio de beneficiarios excluidos de ese 82% “fueron habilitados por dos leyes de la Nación en 2005 y 2014”, aportaron su deuda con el sistema y pasaron a ser considerados como contributivos. Además, a modo de inequidad, ejemplificó Semino: “alguien que aporto 29 años y pagó solo un año por moratoria queda excluido del 82 % y recibirá el 50 % del bolo gracioso de marzo”.
En síntesis, dice Semino, los cambios aprobados “son manifiestamente Inconstitucionales ya que violan el art. 75 inc. 21/22 de la Constitución y los Tratados internacionales que establecen el deber de los Estados Contratantes a no generar normas o políticas que menoscaben derechos, recorten atribuciones o afecten la calidad de vida de los adultos mayores”.
Fuente de la Información: Clarin