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Advierten que Urtubey pondrá “amigos” en la Cámara de Apelaciones
02/08/2019. Así lo aseguró el miembro del Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta, y sostuvo que es el Gobernador que más jueces nombró en democracia.
Luego de que el gobernador Juan Manuel Urtubey remitiera recientemente a la Legislatura Provincial un proyecto de ley para crear un Tribunal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, el miembro del FOCIS, Armando Caro Figueroa, explicó por qué “tanto apuro”.
Caro Figueroa detalló que la Cámara estaría compuesta por tres jueces, dos fiscales más el personal que se necesite para su conformación.
Si bien se trata de un asunto postergado por décadas y previsto en una cláusula transitoria de la Constitución Provincial, muchos especialistas coinciden en que se trata de una maniobra política para designar jueces antes de dejar el mandato.
“Es muy curioso que el Gobernador le ordene al Consejo de la Magistratura que deba pronunciarse inmediatamente en un plazo de 30 días”, indicó Caro Figueroa.
El letrado explicó que no se trata de un proceso legal, limpio y transparente para dotar de agilidad y eficacia sino de un mero juego de poder que se despliega con la intención de aprovechar el viento favorable de una Legislatura dócil y poco exigente.
En este sentido, advirtió que “como siempre” Urtubey se asegurará de que los elegidos sean llamados a dedo, por parentesco, amiguismo y por conveniencia “para blindarse”, “protegerse” y no ser juzgado a futuro además de condicionar a la próxima gestión.
Se recuerda que el jueves pasado la Cámara de Senadores aprobó este proyecto por unanimidad pero con modificaciones y fue traspasado a Diputados en donde se iba a tratar el martes pasado. Sin embargo, no logró su aprobación ya que volvió a comisión, aparentemente por “presiones políticas”.
Entre los puntos más importantes del proyecto se encuentran:
Art. 2º.- La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo tendrá su sede en la ciudad de Salta. Su competencia territorial se extenderá a toda la provincia.
Art. 3º.- La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo estará compuesta por tres (3) miembros, creándose a tal efecto tres (3) cargos de Juez de Cámara.
Art. 11.- El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Salta deberá arbitrar los medios para convocar inmediatamente a concurso público a los efectos de cubrir los cargos vacantes de la Cámara y las Fiscalías aquí creadas, de acuerdo con las previsiones del artículo 12 de la Ley 7.016.
Art. 12.- La Cámara y las Fiscalías cuya creación se dispone en los artículos 1°, 6° y 7°, de la presente Ley, comenzarán a funcionar dentro de los 30 (treinta) días corridos de concluido el concurso a cuya convocatoria se refiere el artículo 11 de esta Ley.
Art. 13.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.