Salta
Ley de Alquileres: Inquilinos no deberían pagar el servicio de agua
12/10/2020. Así lo manifestó el abogado Fabio Miguel Núñez Najle, insistiendo que la nueva Ley 27.551 rige a los contratos de locación inmobiliaria que se celebren a partir del 1º de Julio del corriente año.
El abogado señaló que la Ley referida ha modificado, por medio de su disposición octava, el artículo 1.209 del Código Civil y Comercial, el que se refiere a las cargas del inquilino. Así, en primer término se reitera que el locatario tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originen en el destino que dé a la cosa locada.
También hizo saber que la Ley dispone que no tiene a su cargo el pago de las que graven la cosa ni las expensas comunes extraordinarias y que solo puede establecerse que estén a cargo del locatario aquellas expensas que deriven de gastos habituales, entendiéndose por tales aquellos que se vinculan a los servicios normales y permanentes a disposición del locatario, independientemente de que sean considerados como expensas comunes ordinarias o extraordinarias.
Sobre el artículo de mención señaló que se advierte la consagración de una limitación a la libertad de contratación que anteriormente no se presentaba, pues el artículo modificado permitía que las partes acuerden que el inquilino soporte el pago de las cargas y contribuciones que graven la cosa; pero actualmente sólo puede acordarse (además de previstas en el primer párrafo) que se haga cargo de las expensas que deriven de gastos habituales y define que ellas son las que se vinculan a los servicios normales y permanentes a disposición del locatario; y he aquí el origen de la cuestión que planteamos.
Por último dijo que como está determinado, el inquilino no debe asumir el pago de las cargas que graven la cosa, y corresponde preguntarnos ahora acerca de la naturaleza de los servicios de agua y cloacas; lo que nos remite al texto del Decreto Provincial Nº 3652/10 (publicado en el B.O. Nº 18430 de fecha 16/9/10), es decir el “Marco Regulatorio de Servicios Sanitarios (Agua y Cloaca)”.