Salta
Plasma: allanaron ocho clínicas y hospitales salteños
24/11/2020. Se secuestró historias clínicas de pacientes con coronavirus a quienes se le aplicó plasma, sumado a información contable donde se constate la transfusión del mismo.
A fines de septiembre mediante las redes sociales se advirtió sobre una posible comisión de delito ante la posible venta de plasma para pacientes con coronavirus. Por el caso está imputado el Dr. Martín de la Arena, presidente de HemoSalta SRL; misma situación la de la Dra. Bettina Saracino, actual presidenta del Centro Regional de Hemoterapia.
En este marco, cuya investigación pasó del fuero provincial al federal; en la mañana de este martes, la Unidad de Investigaciones de delitos complejos y procedimientos judiciales de Gendarmería Nacional, junto a integrantes del grupo interdisciplinarios de delitos contables de la misma fuerza, realizaron ocho allanamientos en simultáneo en hospitales y clínicas salteñas.
De los procedimientos se secuestró historias clínicas de pacientes cuyos médicos tratantes solicitaron plasma e información contable de relevancia, donde se constate la trasfusión del mismo en pacientes convalecientes de covid-19 por aféresis.
El fiscal Federal que ordenó los procedimientos fue el doctor Eduardo Villalba, en trámite por ante el juzgado federal de Garantías a cargo de la Dra. Alejandra Giménez, jueza federal subrogante.
Los allanamientos fueron solicitados oportunamente por el fiscal general, Eduardo José Villalba, quien lleva adelante actuaciones en el marco de una investigación abierta por el presunto delito contemplado en el artículo 91, de la Ley 22.990, conocida como la Ley de Sangre, y ordenados por la jueza Federal de Garantías, Mariela Giménez.
La norma prevé penas de prisión de 6 meses a 5 años y multas que van de los 10 mil a 500 mil pesos para el que “intermediare comercialmente y/o lucrare en la obtención, donación, clasificación, preparación, fraccionamiento, producción, almacenamiento, conservación, distribución, suministro, transporte, actos transfusionales”, en este caso de plasma para el tratamiento de la enfermedad COVID-19.
Por otro lado, se estableció que "la firma dirigida por el doctor De la Arena se encontraba habilitada para la realización del Servicio Transfusional Hospitalario, siendo a la vez prestador de la obra social provincial IPS. En ese carácter, casualmente, dicha empresa habría solicitado el pago de prácticas de transfusión de plasma (plasmaferesis) por un valor mayor al código nomenclado vigente.
También, y producto de otras documentaciones reunidas se advirtieron otras presuntas irregularidades en la solicitud de pago por tales servicios, a sabiendas de que el Ministerio de Salud de la Provincia había dispuesto la entrega de las unidades de plasma de manera gratuita y a través del Centro de Hemoterapia", según se estableció en el comunicado oficial.