Argentina
Contadores piden que se obligue a Afip a agilizar los trámites de DDJJ
26/04/2024. El Presidente de la que agrupa a los profesionales en el país explicó, por Profesional, que solicitaron al Congreso que inste al organismo a poner a disposición aplicativos para liquidar Ganancias y Bienes Personales al menos 90 días antes.
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) pidió a los legisladores modificar la ley de procedimiento fiscal para que los aplicativos de Afip para la liquidación de Ganancias y Bienes Personales estén disponibles 90 días antes del vencimiento.
En ese marco José Simonella, presidente de la Federación Argentina de Profesionales de Ciencias Económicas, explicó que se trata de un insistente reclamo de los contadores para agilizar la presentación de las declaraciones juradas y evitar la demora que todos los años se da al momento de disponer de los aplicativos web de Afip necesarios para liquidar esos tributos.
Por Profesional, el titular de la Federación pidió que los cambios se incorporen al paquete fiscal que hoy espera tratamiento en el Parlamento e instó a los legisladores nacionales, incluyendo los de Salta, a acompañar esta solicitud.
Según Simonella, solicitaron al Congreso Nacional modificar la ley de procedimiento fiscal para que los aplicativos web de AFIP para la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales estén disponibles “90 días corridos” antes de la fecha de vencimiento de esos tributos, a fin de facilitar a los contribuyentes y a los profesionales de Ciencias Económicas la presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas.
El pedido apunta a solucionar un problema estructural que entorpece la presentación en los plazos previstos de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales ante las continuas modificaciones que impiden a la Afip avanzar en la puesta a disposición de los aplicativos definitivos en su página web, sostuvo el profesional.
En este marco, la propuesta de la Federación incorpora un segundo y tercer párrafo en el artículo 11 de Ley de Procedimiento Fiscal (Ley 11.683) estableciendo que los servicios web necesarios para la confección, presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales estén disponibles “como mínimo 90 días corridos con anterioridad” a las fechas de vencimiento establecidas por la AFIP. En el caso del período fiscal 2023, y por excepción, dadas las modificaciones aún en curso, pide que esa fecha comience a operar “60 días hábiles” después de la puesta a disposición de los aplicativos definitivos.