Argentina
La obligaron a utilizar calza para trabajar y ahora deberán indemnizarla
18/06/2021. La víctima denunció que la imposición de la vestimenta, era una cosificación y degradación hacia la figura de mujer por lo que se debe considerar un caso de violencia de género.
La Corte de Mendoza ordenó que una estación de servicio de Guaymallén indemnice por daño moral y por la suma de 150 mil pesos a una empleada a la que obligó a usar, a modo uniforme, una calza de un talle menor al suyo.
El máximo tribunal provincial considerando el caso dentro de las leyes de protección de la mujer y los tratados internacionales referidos a la violencia de género, advirtiendo que en este caso existió un trato discriminatorio, ya que la empresa, al usar diferentes uniformes para los hombres impuso “un estereotipo patriarcal tendiente a visualizar a la mujer destacando su cuerpo como instrumento”, ya que “la imposición de vestimenta claramente sexista importa una cosificación y degradación del cuerpo”.
El máximo tribunal provincial – conformado por José Valerio, Mario Adaro y Omar Palermo- falló a favor de la empleada indicando que también deberán indemnizar a la mujer “por el rubro daño moral”, por la suma de $ 150.0002″.
A la hora de fundamentar el fallo el juez Valerio encuadró el caso dentro de la ley 26.485 de protección de la mujer y advirtió que el caso debe ser analizado “teniendo en cuenta los diversos instrumentos internacionales vigentes en la materia, particularmente la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, “Belem Do Pará”, y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer “CEDAW”.
“Estamos en presencia de un despido que es susceptible de ser calificado como discriminatorio”, dice el magistrado, advirtiendo que “existió un conflicto entre la actora y su empleadora en torno al uso del uniforme reglamentario de la empresa.