Policiales
Condenaron a un ex guardia de la Ciudad Judicial por amenazar a una fiscal
14/10/2021. La denunciante recibía llamadas telefónicas y mensajes por whatsapp que decían: “terrible lo que te va a pasar…” o “tu sentencia de secuestro y muerte tiene fecha…”.
En audiencia de juicio abreviado, Miguel Gentil fue condenado a la pena de un año y tres meses de prisión de ejecución condicional como autor de los delitos de amenazas (cuatro hechos) y desobediencia judicial (cinco hechos) en concurso real. En el fallo, la jueza de Garantías 1, unificó la condena impuesta con una anterior, y dictó la pena de tres años de prisión condicional.
El hombre, de 43 años, tenía prohibido ejercer actos de violencia física y psicológica, proferir insultos, palabras agraviantes o desplegar conductas amenazantes por cualquier medio hacia la denunciante. Tampoco podía acercarse a ella. Estas medidas habían sido dictadas por la jueza de Violencia de Género 2 pero nunca las respetó.
Ahora, con la condena impuesta, deberá someterse al cuidado del Patronato y fijará domicilio. Además tendrá prohibido ejercer actos de violencia física o psicológica contra la mujer o su grupo familiar, por cualquier medio. No podrá tener contacto con ella ni publicar en las redes sociales posteos en si contra. Tiene prohibido mandarle mensajes, proferir insultos o palabras agraviantes y realizar amenazas, sea personalmente o por terceros.
Deberá abstenerse de acercarse a la denunciante o su grupo familiar a una distancia de doscientos metros, a su domicilio y lugares de concurrencia habitual. Se abstendrá también de consumir estupefacientes y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas, ni cometerá nuevo hecho que pueda ser considerado delito.
Por último, se someterá a tratamiento psicológico para el control de sus impulsos. En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería de cumplimiento efectivo.