Argentina
Juez obligó a un sanatorio a administrar dióxido de cloro
11/01/2021. El falló preocupa a la comunidad médica porque puede sentar jurisprudencia. El Sanatorio Otamendi de Buenos Aires está obligado por la Justicia Federal a suministrar el dióxido a un paciente con covid-19.
El consumo de dióxido de cloro no está autorizado en el país como tratamiento médico alternativo para los pacientes con COVID-19, sin embargo, el fallo de un juez ordena al Sanatorio Otamendi a suministrarle esta sustancia a un paciente internado en grave estado.
El pasado 7 de enero, el hijastro del paciente, José María Lorenzo, solicitó a la Justicia que el marido de su madre -fallecida por coronavirus – recibiera en carácter de urgente la administración de nebulizaciones de sodio y de dióxido de cloro, terapia recetada por el neurocirujano que atiene el caso, Dante Converti.
Ante este petitorio el Juez Federal Subrogante Javier Pico Terrero, del Juzgado Civil y Comercial Federal N°7, hizo lugar al pedido de la familia al considerar que “la cobertura de los tratamiento indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demanda, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora”.
Además, Pico Terrero dictaminó que el sanatorio porteño deberá “garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante”.
La medida, apelada por el Sanatorio Otamendi, causó un rechazo generalizado dentro de la comunidad médica del sanatorio ubicado en la calle Azcuénaga 870, en el barrio porteño de Recoleta. Tan es así que, durante la mañana del domingo 10 de enero, personal de la clínica convocó a una movilización en contra de la orden del Pico Terrero. “Nos manifestamos haciendo cumplir nuestro juramento hipocrático”, decían en un flyer.