Argentina
Nación faculta a las provincias a adaptar las medidas para el toque sanitario
08/01/2021. Finalmente el cierre nocturno no será obligatorio en todo el país y facultarán a los gobernadores para aplicar las restricciones.
El Presidente decidió no restringir obligatoriamente la actividad de 23 a 6, pero dictará un decreto que establece indicadores técnicos que obligarán o facultarán, según las circunstancias y la situación particular de cada una, a los mandatarios provinciales a tomar medidas inmediatas frente a un abrupto incremento de los contagios de coronavirus.
Así lo detallaron, en conferencia de prensa, Santiago Cafiero, Jefe de Gabinete de Nación, Carla Vizzotti, secretaria de Acceso a la Salud de Nación y Matías Lammens, Ministro de Turismo de la Nación
Los 24 gobernadores avalaron en términos conceptuales la decisión presidencial de restringir las actividades frente al aumento geométrico de contagiados por el COVID-19 en los últimos 15 días.
Sin embargo, y para evitar una fractura institucional entre el Gobierno nacional con algunas provincias, el Presidente aprobó anoche la redacción de un decreto reglamentario que establece indicadores técnicos destinados a establecer la responsabilidad institucional de los gobernadores ante el incremento de los casos de contagios.
Alberto Fernández junto a su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y al ministro de Salud, Ginés González García, firmarán hoy un decreto que reglamenta el artículo cuarto del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que estableció la actual etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).
“LÍMITES A LA CIRCULACIÓN: en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos aglomerados, departamentos o partidos de la Jurisdicción a su cargo, las autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2″, ordena el artículo 4 del DNU 1033/2020 que fijó las condiciones del actual período de DISPO que vence a fin de mes.
El decreto a la firma del Presidente establece estos dos indicadores técnicos diseñados por la cartera de Salud, y explica además que los gobernadores tomarán las medidas restrictivas cuando los dos requisitos estén al mismo tiempo.
Ya no le importa al Presidente si la restricción nocturna empieza a la medianoche como exigía el gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, y el jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, frente a su propuesta original de iniciar la veda circulatoria a partir de las 23.00.
Lo único que pretende Alberto Fernández es contener la suba abrupta de los contagiados de COVID-19, frente a un relajamiento social que puede causar estragos en toda la Argentina.