Argentina
¡Atentos! Se extendió el plazo para la recategorización en el Monotributo
20/01/2023. La AFIP, a través de una resolución, dispuso que el trámite pueda realizarse hasta el próximo 27 de enero. Cabe recordar que las nuevas escalas rigen desde el 1 de enero.
Este viernes, a través de una resolución del Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), extendió hasta el próximo 27 de enero el plazo para que las personas monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre julio-diciembre de 2022.
Cabe recordar que las nuevas escalas comenzaron a regir desde el 1 de enero, y que el plazo estaba establecido hasta este 20 de enero, por lo que los contribuyentes tendrán una semana más para realizar el trámite, siempre y cuando les corresponda.
La AFIP remarcó que se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
Además, el organismo enfatizó que los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción, y si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.
A los que sí les corresponda, deberán ingresar al sitio web de AFIP, con su número de CUIT/CUIL/CDI y su Clave Fiscal. Posteriormente, seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará en qué categoría se encuentra actualmente y los topes de cada parámetro.
Luego, tras seleccionar la opción “Continuar recategorización”, deberán ingresar información correspondiente al monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría, que deberá ser confirmada por en la opción "Confirmar categoría".
Fuente de la Información: Télam