Economía
Hoy vence la recategrización del Monotributo
22/07/2019. Es obligatoria para quien superó el límite de facturación de la escala en la que revista, prevén multas.
La falta de recategorización implica la ratificación de la categoría del Monotributo declarada con anterioridad, caso en el que opera de pleno derecho y por defecto o silencio del contribuyente, la confirmación del nivel de tributación anterior.
El monotributista se considerará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, superficie ocupada, energía consumida o alquiler devengado.
En el caso de inicio de actividades, el pequeño contribuyente que opte por adherir al Monotributo deberá encuadrarse en la categoría que le corresponda según la superficie que tenga afectada a la actividad y, en su caso, al monto pactado por el alquiler
De no contar con esas referencias, el nuevo monotributista se categorizará mediante una estimación razonable.
Transcurridos seis meses, deberá anualizar los ingresos brutos obtenidos, la energía eléctrica consumida y los alquiler devengado en dicho período, a efectos de confirmar su categorización o determinar su recategorización. Se prevén multas importantes para quienes no lo hagan.
Fuente de la Información: Cronista