Policiales
Seguirá el juicio contra un exjefe policial salteño por abusar de una joven en 1975
25/09/2023. Según el fiscal la víctima fue abusada sexualmente por personal de la Policía de Salta, incluido el titular, Joaquín Guil, el 24 de abril de 1975, cuando concurrió a la Jefatura de esa fuerza a pedir noticias de su hermano, que había sido ejecutado.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de Salta comenzó a juzgar el pasado miércoles al exjefe policial Joaquín Guil por abuso sexual en perjuicio de la hermana de un militante de la Juventud Peronista (JP) asesinado en 1975 por la policía provincial, en un procedimiento ilegal por el que el acusado ya fue condenado.
El TOF 1 de Salta, presidido por el juez Federico Díaz e integrado además por sus pares Marta Liliana Snopek y Marcelo Juárez Almaraz, está a cargo de este proceso, que pasó a cuarto intermedio hasta el próximo miércoles, cuando se pronunciarán los alegatos.
En la primera jornada se leyó una síntesis de la requisitoria de elevación a juicio, tras lo que el acusado, que siguió la audiencia de manera remota, se abstuvo de declarar, y se dio paso así a la etapa testimonial.
En representación del Ministerio Público actúa el fiscal federal Carlos Amad, mientras que a la defensa la ejerce el defensor oficial Juan Pablo Lauthier.
Durante la audiencia se mostraron videos de las declaraciones de la víctima y de su cuñada, se leyeron otras actuaciones previas y se incorporaron todas las constancias de la causa.
Los hechos
En su requerimiento de elevación a juicio, Amad indicó que la víctima fue abusada sexualmente por personal de la Policía de Salta, a las 18 del 24 de abril de 1975, cuando concurrió a la Jefatura de esa fuerza.
La mujer fue "para gestionar y obtener la autorización que le fue requerida en la morgue del hospital San Bernardo, para poder retirar el cadáver de su hermano, abatido por personal de esa misma fuerza", en un procedimiento ilegal por el que Guil ya fue juzgado y condenado.
Según el requerimiento, al llegar fue atendida por un agente y luego "por quien se comportaba como el jefe de la Policía, con autoridad y voz de mando", quien ordenó que la trasladen a una habitación para ser requisada.
Una vez allí, frente a unos 20 policías uniformados, fue abusada sexualmente.
Por ello, "este Ministerio Público Fiscal acusa a Joaquín Guil, en su calidad de director de Seguridad de la Policía de Salta y, por lo tanto, integrante de la cúpula policial", por lo que "deberá responder como autor mediato de los delitos de abuso deshonesto agravado por el uso de la fuerza o intimidación en las personas y por el concurso real de dos o más personas", señala el requerimiento.
Amad explicó que no se trata de hechos aislados, sino que las conductas denunciadas forman "parte de un plan organizado y sistemático de represión ilegal concebido y ejecutado desde la cúpula del aparato organizado de poder del estado".
Además, el fiscal destacó que cuatro días antes de este hecho en particular aconteció la ejecución del hermano de la víctima, un militante de la Juventud Peronista que "fue acribillado el 20 de abril de 1975 por la Policía de la Provincia de Salta", en la localidad de San Lorenzo.
Este hecho y otros similares ocurridos el mismo día fueron juzgados en el marco de varios expedientes contra Guil y Raúl Gentil, que era el jefe de la Policía de Salta, por privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia, en concurso real con el de homicidio calificado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas en el grado de autores mediatos.
Esto derivó en sendas sentencias, en las que Guil resultó condenado por los homicidios de seis víctimas.
Por otro lado, el fiscal señaló que los hechos descriptos en este requerimiento constituyen "delitos de lesa humanidad", por "su gravedad, naturaleza, modalidad de comisión y calidad de sus autores y víctimas".
El requerimiento de elevación a juicio fue parcial, debido a que la acusación inicial es contra Guil, Virtom Mendíaz, Miguel Gentil y Roberto Arredes, pero Gentil fue sobreseído por fallecimiento, Arredes por incapacidad sobreviniente, mientras que en relación a Mendíaz se suspendió el proceso también por incapacidad. De esta manera el requerimiento solo se realizó sobre Guil.