Caso turistas francesas
Abogada salteña criticó a la Corte Suprema por priorizar temas políticos y “no a un preso inocente”
02/08/2023. Una organización reflotó el pedido de un nuevo juicio por el crimen de las turistas francesas y, en ese marco, Sonia Escudero recordó cómo la Justicia salteña aplicó maniobras ilegales para condenar a Clemente Vera.
En diálogo con Profesional FM la abogada y exsenadora nacional, Sonia Margarita Escudero, brindó detalles de la investigación que llevó adelante en el caso del crimen de las turistas francesas.
Reiteró su posición acerca de la inocencia de Clemente Vera, quien espera que la Corte Suprema de Justicia revise un recurso pendiente en el que se solicita un nuevo juicio.
En las últimas horas, la organización Innocence Project reflotó este pedido que lleva más de seis años en los tribunales. Al respecto, la letrada criticó duramente al máximo tribunal de la Nación, en primer lugar por estar incompleto y por los cuestionamientos sobre el diseño institucional, y en segundo por darle prioridad a “casos de alto voltaje político”, cuando debería preponderar la situación de “una persona inocente que esta presa”.
Por otra parte, la exlegisladora advirtió que Vera fue “injustamente condenado” y recordó que si bien el juicio fue un ejemplo con el cual dejó a la provincia “bien parados en el mundo, en el cual los jueces resolvieron que no había pruebas para condenar a Vera ni a Vilte Laxi, así que los dos fueron absueltos.
Pero después, indicó Escudero, el Tribunal de Impugnación condena a Vera con las mismas pruebas con que el Tribunal de Juicio lo había sobreseído, haciendo una valoración de pruebas nulas con una cantidad de errores, violando normativa y avasallando normas constitucionales.
Esta maniobra, es considerada ilegal por la abogada, debido a que el Código Procesal establece que cuando una persona fue absuelta en un juicio, si en la apelación se considera que las pruebas no fueron correctamente valoradas, ese tribunal de apelación no puede condenar.
Indicó que, se debe devolver a otro tribunal para que haga un nuevo juicio, argumentando que nadie puede ser condenado, primero, “sin haber sido oído, y segundo, sin que exista un proceso donde haya oralidad, que sea público y con inmediación”.
Explicó, que los jueces de apelación no pueden valorar declaraciones que no sucedieron en su presencia y esto es lo que realizó ese tribunal de impugnación con los jueces que condenan a Santos Clemente Vera.