Río Arenales
Advierten que el Ente Regulador no está habilitado para dictar una cautelar
05/06/2023. Así lo expresó por Profesional FM, Pedro Arancibia, abogado querellante de la causa que sigue el saneamiento del río Arenales, quien sumó que lo que debe hacer el Ente es comunicar a la Unidad Fiscal Ambiental, cualquier ilícito al respecto.
Durante los primero días de junio se dio a conocer que el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP), había firmado una medida cautelar para que la Justicia pueda actuar frente al volcamiento de crudo y contaminación del río Arenales.
Por tal motivo, el programa Carta Urbana, emitido por Profesional FM, se comunicó con el abogado querellante de la causa, Pedro Arancibia, quien fue contundente al decir que el ENRESP “no está facultado ni habilitado” para dictar una cautelar, por lo que consideró la medida como “puro humo”.
Arancibia recordó que la prohibición de verter el crudo y no contaminar está vigente desde hace varios, sobre todo desde 2018, cuando se dio la sentencia de un amparo ambiental en representación de los vecinos, que dispuso un plan de saneamiento a ejecutarse por la Municipalidad, la Provincia y Aguas del Norte.
Dentro de dicho instrumento, se estableció como directiva y obligación que organismos públicos ejerzan el adecuado control para que ningún establecimiento industrial, comercial o residencial vuelque vertidos cloacales crudos o algún tipo de contaminación con metales pesados.
Por tanto, el abogado manifestó que lo que debe hacer el Ente, es comunicar y notificar cuando haya algún tipo de volcamiento, a la autoridad competente que pueda evaluar este tipo de ilícitos y establecer una sanción, que en este caso es la recientemente creada Unidad Fiscal Ambiental.