Salud
Las personas fallecidas en accidentes no pueden ser donantes de órganos
07/11/2023. Así lo aclaró por Profesional FM el Dr. Martín Perazzone, asesor y ex director del CUCAI Salta, quien sostuvo que los órganos de una persona fallecida tienen que ser extraídos inmediatamente, caso contrario pierden su vitalidad.
Este martes, en un nuevo programa de Blanco Alba por Profesional FM, estuvo el Dr. Martín Flores Perazzone, quien es asesor y exdirector del CUCAI Salta, además de ex secretario de Servicios de Salud, aclaró que una persona fallecida en accidentes solo puede ser donante de tejidos debido a que los órganos pierden vitalidad si no son trasplantados inmediatamente, por carecer de flujo de sangre y oxígeno.
A pesar de que los órganos en una persona fallecida pierden su vitalidad y no se tienen en cuenta para donaciones, el doctor explicó que existe un método que se llama ‘’donación en asistolia’’, pero que actualmente sólo se realiza en países con sistemas de salud avanzados como España, y que consiste en llevar al lugar del accidente procedimientos específicos para aplicarle a la víctima, de manera tal que se conserva la vida útil del órgano hasta que se llega al centro de trasplante.
A nivel nacional, este tipo de donaciones asistidas se realizó unas cuatro veces en lugares como Santa Fe, Buenos Aires y Córdoba, pero que es una metodología que necesita capacitación en los profesionales, e infraestructura para llevar en marcha los procedimientos.
El doctor explicó que existen dos tipos de donantes, el vivo y el fallecido. Un paciente con vida puede donar órganos, tejidos y células, y mantener una buena calidad de vida posterior al trasplante, como así también en el paciente receptor. También aclaró que cuando donamos sangre hay que postularse voluntariamente para ser donante de médula, y así quedar en el registro.
La Ley Justina 27.447 dice que todos los argentinos somos potenciales donantes a partir de los 18 años, salvo que expresemos nuestra negativa. Si el paciente dice que si desea serlo, cuando llega una circunstancia como una terapia, a través de los medios correspondientes legales se produce la ablación y el posterior trasplante. En caso contrario, si el paciente expresó su negativa, se entrega el cuerpo del fallecido y no se realiza nada.
Sin embargo, si la persona no se expresó ni a favor ni en contra, se aplica lo que dice la ley Justina que todos somos potenciales donantes, por lo que el consentimiento familiar no tiene validez a partir de los 18 años, como si resultaba en la disposición legal anterior.
Con respecto a la demanda de órganos en la provincia, Perazzone comentó que, hasta abril de este año, el registro nacional de donantes (RENADON) tenía en Salta 120 mil habitantes que expresaron su donación por la afirmativa.